"Derecho de autor" y "copyright" protegen lo mismo (las obras), pero vienen de dos tradiciones distintas. Entenderlas te ayuda a leer contratos internacionales.
Derecho de autor (tradición continental)
El sistema de Latinoamérica y Europa continental. Pone al autor (la persona) en el centro. Por eso da fuerte peso a los derechos morales (paternidad, integridad), que son inalienables.
Copyright (tradición anglosajona)
El sistema de EE.UU. y Reino Unido. Más centrado en la explotación económica y en quien "posee" la obra (que puede ser una empresa). Los derechos morales existen, pero pesan menos.
Diferencias prácticas
- ●En copyright es común el work made for hire: si te contratan para crear, la empresa puede ser "autora" desde el inicio. En derecho de autor, el autor siempre es la persona; se cede lo patrimonial, no lo moral.
- ●El registro en EE.UU. tiene efectos legales fuertes (para demandar); en el sistema continental el derecho nace sin registro.
Lo que comparten
Gracias a los tratados internacionales (Berna), ambos sistemas se reconocen entre países: tu obra está protegida en casi todo el mundo.
Por qué te importa
Cuando firmes con una empresa de EE.UU., lee con cuidado: "work for hire" o "assignment of copyright" pueden ir más lejos que una cesión normal en Colombia.
